En un artículo reciente, consideraba la posibilidad de la existencia de agencias privadas de seguridad en competencia. Daba por sentado el subyacente estado de derecho (o su falta) y solo presentaba el argumento relativo de que una institución monopolística de la violencia (es decir, el Estado) no ayudaría a lograr un consenso que funcione sobre normas legales y que, de hecho (como demuestra la historia) las sociedades controladas por gobiernos son indudablemente susceptibles a la guerra civil. En este artículo, desarrollaré cómo podría producirse de manera privada la propia ley de forma eficiente y equitativa.
Jueces privados
Ya esté la sociedad en una anarquía o bajo el dominio de un aparato estatal, las personas siempre tendrán disputas. Aunque la mayoría de las discusiones las resuelven las mismas partes, algunos desacuerdos son demasiado serios como para resolverse así. En esos casos, los que discuten (en una anarquía) pueden recurrir a un juez, que es sencillamente una persona que acepta dar una opinión sobre su disputa. Aunque muchos teóricos anarquistas relacionan en sus exposiciones a los jueces privados con agencias de aplicación de la ley deberíamos recordar que ambos son conceptualmente distintos. Esencialmente, una sentencia judicial privada es solo eso: la opinión de una persona con respecto a quién tiene razón y a qué tiene derecho en una discusión concreta.
Una diferencia importante entre jueces privados y estatales es que los primeros solo ven casos cuando ambas partes se someten a la “jurisdicción” del juez. (Por el contrario, una o ambas partes en un caso en un tribunal estatal pueden oponerse con fuerza al juez o al jurado que decidirán sobre el asunto). Los escépticos ante la ley privada pueden considerar esta propuesta como ridícula: la misma idea de que un violador o un ladrón de bancos esté de acuerdo con someter su caso a un tercero, ¡ja!
Sin embargo, este rechazo superficial olvida el hecho de que la mayoría de las disputas en la sociedad comercial moderna no se producen entre un inocente “evidente” y un malhechor “evidente”. Más bien, generalmente ambas partes en una disputa creen genuinamente tener razón y les encantaría hacer sus alegatos delante de un tercero desinteresado.
Otra consideración es que, sin el monopolio público y la selección de jueces basada en la atracción política y demagógica, aparecería una hornada de jueces profesionales que serían, bueno, bastante juiciosos. (Cualquier jueza soltera sería verdaderamente la doncella más justa del país). Cuando leyeran sus sentencias previas sobre casos que hubieran conocido, la gente reconocería su excelencia y diría: “¡Guau, fue una gran sentencia! Cuando escuché por primera vez las evidencias, pensé que el acusador tenía razón, pero después de que el juez Barnett lo explicara con sus analogías, el acusado evidentemente no es culpable”.
En anarquía, la gente reclamaría servicios judiciales por todas las razones por las que la gente desea la propia ley: querrían satisfacer su deseo de una justicia abstracta, pero también querrían favorecer unas relaciones empresariales predecibles, así como disfrutar de una buena reputación entre sus vecinos.
Consideremos un ejemplo concreto. Supongamos que Mark Johnson posee una tienda y rompe el brazo de Gary Owens, un cliente. Owens cuenta a todos sus amigos (y a cualquier otro que quiera escuchar) que no estaba haciendo nada cuando Johnson le atacó. En la visión general (o incluso hasta cierto punto la promovida por escritores anarcocapitalistas), salvo que Owens pertenezca a una agencia de protección, no tiene ningún recurso.
Pero esto sencillamente no es verdad. Es malo para el negocio que Owens vaya por allí diciendo a la gente que ha sido atacado brutalmente y que Johnson no haga nada para rebatir estas acusaciones. Si la gente da validez a la historia de Owens, comprará en otros sitios. Incluso más allá de los aspectos pecuniarios, si Johnson es un ser humano normal se sentirá incómodo en acontecimientos sociales si la gente cuchichea sobre la historia a sus espaldas.
Por consiguiente, Johnson invitaría públicamente a Owens a presentar sus acusaciones ante cualquier juez respetable especializado en esos casos. Si Owens responde y recomienda que lleven el caso a su hermano, Johnson objetará que un juicio así estaría sesgado. Pero si Owens sugiere varios posibles jueces, ninguno de ellos relacionado con los litigantes y especializados en robos en comercios y fuerza excesiva y aun así Johnson lo rechaza, entonces la comunidad concederá más credibilidad a las protestas de brutalidad de Owens. Se trata de que dentro de un sistema legal privado habría docenas de jueces justos de entre los que elegir; no habría ningún problema entre dos litigantes honradas para eligir uno de ellos y por tanto el no conseguir hacerlo se interpretaría como una señal de falta de honradez.
Normas probatorias, precedentes, etc.
Una vez las dos partes (Johnson y Owens, en nuestro ejemplo) acuerdan un juez, este o esta probablemente oiga los testimonios, admita evidencias físicas, etc., de acuerdo con las reglas y procedimientos que se pensaron para promover mejor la apariencia de justicia y objetividad. Después de todo, el activo crucial que tendría un juez privado sería su reputación para dictar sentencias equitativas. En nuestro caso ficticio, a Owens probablemente se le permitiría presentar certificados médicos de la fecha del supuesto ataque, mientras que Johnson aportaría cintas de grabación si tuviera imágenes de Owens metiéndose productos en los bolsillos y resistiéndose luego cuando se le enfrentaba.
Al tomar su decisión final, el juez probablemente se base en precedentes. Probablemente dirá: “En otros casos como este, los jueces han considerado al dueño de la tienda culpable de fuerza excesiva siempre que…” y así sucesivamente. Deberíamos darnos cuenta de que esta base en el precedente no se debe necesariamente una concepción abstracta de la ley ideal, sino que es también el resultado de los incentivos a los que se enfrenta el juez. Quiere que futuros clientes le traigan casos y será más probable que lo hagan si sus sentencias anteriores se basan en algún tipo de principio judicial y son coherentes con sentencias “razonables” dictadas por otros jueces.
Para entender esto, imaginemos un escenario ridículo. Supongamos que después de oír las alegaciones de ambas partes, el juez se lo piensa un momento y luego anuncia: “Sentencio a favor del reclamante, Mr. Gary Owens. Debido a la fuerza inapropiada usada por el dueño, declaró por tanto que solo habrá justicia cuando Mr. Mark Johnson dé tres pelusas al reclamante”. Después la sentencia así, este juez probablemente se quede sin trabajo.
Apelación
En lugar de la sentencia anterior que no beneficiaría a ninguna de ambas partes, supongamos en su lugar que el juez ha sentenciado que Johnson debe a Owens 50.000 onzas de oro. Johnson sin duda protestaría diciendo que es ridículo y rechazaría cumplir la sentencia. Por tanto, apelaría la sentencia y reclamaría que ambos llevaran el caso ante un juez diferente, que “anularía” la sentencia anterior.
Los incentivos serían aquí similares a los de la situación que llevó al primer juicio. Dependiendo de lo absurda que fuera la primera sentencia, la comunidad entendería más o menos el rechazo de Johnson a asumir la sentencia (aunque hubiera aceptado hacerlo en principio). Pero una vez que un juez haya realizado una sentencia suficientemente “razonable”, incluso si ha sido en contra de Johnson, el tendero habría acabado asumiéndola para dejar atrás el problema y volver a sus negocios. Igual que sería visto con sospecha alguien que rechazara ir a un juicio en cualquier caso o alguien que apelara continuamente, especialmente después de múltiples sentencias que fueran totalmente coherentes con las normas legales prevalecientes.
Perfeccionamientos
Los ejemplos anteriores sirven para ilustrar la base fundamental de la ley privada: las personas tienen disputas y quieren un tercero experto que exprese una opinión. Por supuesto, a lo largo del tiempo el mercado libre desarrollaría perfeccionamientos institucionales de este servicio básico.
Lo que es más evidente es que la gente podría acordar con anterioridad el juez (o árbitro) a recurrir en caso de disputa. (Por ejemplo, podría especificarse en todos los contratos, ya sea contratando un empleado o alquilando un apartamento). Los códigos legales a aplicar, el número de apelaciones permitidas, etc. podrían especificarse de antemano, haciendo mucho más sospechoso el que una de las partes violara estas disposiciones después de escuchar la sentencia del juez.
Otro probable perfeccionamiento sería la implicación de avalistas, o agencias que avalarían a las personas en el caso de que se calcularan grandes multas. Igual que las empresas de seguros pagan actualmente los daños catastróficos cometidos por sus clientes, también esas agencias pagarían las multas si uno de sus clientes fuera condenado, por ejemplo, por robar bancos. En las sociedades modernas, los bancos, grandes empresarios, agentes inmobiliarios, etc. insistirían en tratar solo con personas que estuvieran representadas por agencias respetables que las avalaran.
Objeciones
Una objeción importante a un sistema así es que no habría un grupo uniforme de leyes aplicables para todos. ¿Y qué? Si los judíos ortodoxos quieren que un rabino aplique la ley mosaica a sus disputas, mientras que los libertarios ateos quieren que Stephan Kinsella aplique La ética de la libertad a las suyas, ¿por qué no debería permitírseles hacerlo? Sí, podrían producirse “malas leyes” bajo la anarquía, pero la gente no estaría sometida a ellas, o al menos no tanto como se ven obligados a someterse a la mala legislación pública. (En ese mismo sentido, bajo la anarquía se producirían malos libros, pero nadie estaría obligado a leerlos). En todo caso, bajo el gobierno, ahora mismo, no hay un grupo uniforme de leyes aplicadas a todos, así que esta objeción es realmente una tontería.
Otra objeción común es que los ricos podrían comprar sentencias en un sistema de tribunales privados. También esto olvida la corrupción desbocada de los tribunales públicos. Al menos en el mercado abierto los futuros litigantes podrían evitar jueces acusados de haber aceptado sobornos en el pasado. Por el contrario, bajo el estado, el único recurso contra un juez corrupto es esperar que los votantes lo recuerden (y les preocupe) y pierda las elecciones o que los políticos nombren a algún otro.
Otra preocupación habitual es que en mi sistema propuesto funcionaría para la gente “racional”, pero no para los delincuentes violentos. En un artículo como este, solo puedo decir que toda acción en una sociedad libre estaría sometida al proceso judicial que he descrito. He creado concretamente el ejemplo para incluir el uso de la fuerza (en lugar de una renuncia a un contrato de deuda, por ejemplo) para ilustrar los principios implicados. Si Johnson hubiera contratado una empresa de seguridad privada cuyos empleados hubieran roto el brazo de Owens, la situación no se habría alterado lo esencial. (Por supuesto, Johnson haría bien en recurrir solo a empresas viables de seguridad que tuvieran una reputación de prudencia al tratar con ladrones). Esta preocupación está relacionada con el papel (si es que tiene alguno) de las prisiones en una sociedad libre y no tengo aquí espacio para tratar este fascinante tema (aunque sí lo hago en mi libro).
Finalmente, está la alegación de que estoy de alguna manera defendiendo el positivismo legal, es decir, que estoy afirmando que cualquier “ley” que apruebe el examen de las pérdidas y ganancias es buena. Nada más lejos de la realidad: mis creencias éticas están relacionadas con mi fe cristiana y soy un firme creyente en la ley natural. Pero en este artículo no estoy describiendo el contenido de los códigos legales que aparecerían en una sociedad de libre mercado, sino más bien las fuerzas que influyen en su evolución.1 Para aquellos randianos que sientan la tentación de enviarme un correo digital y afirmar que hay un grupo objetivo de leyes que cualquier pensador inteligente puede descubrir bajo raciocinio, me limitaré a responder: Aunque esto fuera verdad, ningún gobierno en la historia ha logrado todavía lo que deseáis.2 ¿Tal vez sea el momento de considerar una aproximación diferente?
Conclusión
Para terminar, dejadme señalar dos ejemplos del mundo real de “ley privada” en acción. Primero, está el floreciente sector del arbitraje. Igual que millones de personas optan por el agua embotellada producida en el mercado, a pesar de la alternativa pública “gratuita”, lo mismo hacen millones de personas resolviendo sus disputas mediante arbitraje privado.
Para otro ejemplo evidente, consideremos los árbitros en el deporte profesional. A pesar de los tópicos, estos “jueces” tienen que ser en general imparciales, porque los dueños de los equipos saben que los clientes dejarían de ver los partidos si estuvieran amañados. Aunque los fanáticos del deporte pueden todavía lamentar esa horrible decisión de 1978 (por ejemplo) que le costó la victoria a su equipo, se trata precisamente de eso: ¡tienes que remontarte décadas en la mayoría de los equipos para recordar aquella farsa! Y si alguien afirmara que si equipo de fútbol tuvo una temporada perdedora el último año debido a los malos árbitros, todos sabrían que el tipo está diciendo cosas absurdas. Especialmente cuando no se habla de su propio equipo, los fanáticos del deporte conocen y confían en la integridad de su “sistema judicial”.
Argumentar a favor de un sistema legal privado es realmente solo argumentar en contra de un monopolio impuesto por el gobierno. El todos los demás sectores, la aproximación coactiva fracasa y no hay nada especial en la ley que haga cambiar esa conclusión.
- 1Como analogía, imaginad que propongo abolir la implicación del estado en la educación. Imaginad y a mi crítico diciendo entonces: “La matemática es un cuerpo objetivo de verdades. Bajo el sistema que propones, si fuera más rentable enseñar tablas erróneas de multiplicar, eso es lo que ocurría. Por tanto, necesitamos un gobierno limitado para asegurar un programa adecuado”.
- 2Después de todo, el libro Rand es: Capitalismo, el ideal desconocido.