En su artículo «Las multinacionales obtienen beneficios obscenos de las crisis mundiales —pónganles impuestos para defender los derechos humanos», Magdalena Sepúlveda pedía más impuestos a las multinacionales y a los ricos como medio para financiar políticas destinadas a proteger a los más vulnerables de lo que ella llama «la crisis del coste de la vida». En este artículo, me gustaría responder a Sepúlveda diciendo que la fiscalidad es un robo y que cualquier intento de justificar los impuestos, especialmente por caridad, llevará a conclusiones irracionales.
A mi entender, Sepúlveda adopta la filosofía de la socialdemocracia. Dicha filosofía es una subcategoría del socialismo y se distingue por abogar por derechos de propiedad privada relativamente más fuertes en comparación con el marxismo y el leninismo, los cuales rechazan por completo los derechos de propiedad privada.
Además, los defensores de la socialdemocracia (SDA) creen que parte de los ingresos obtenidos por los propietarios pertenecen a la sociedad, de ahí sus continuos llamamientos a favor de más impuestos, un nuevo impuesto sobre la riqueza o cualquier otro impuesto destinado a lograr fines igualitarios (que incluyen, entre otros,«reducir la desigualdad» o «una distribución más equitativa de la riqueza»). Los interesados en saber más sobre los orígenes de la socialdemocracia pueden leer el libro de Hans-Hermann Hoppe titulado Social Democracy. En el artículo de Sepúlveda, hay un momento en el que, en mi opinión, muestra sus afiliaciones con la socialdemocracia. Afirma: «Las pandemias, las guerras y las recesiones no eximen a los Estados de cumplir sus compromisos en materia de derechos humanos. Deben gravar más a las multinacionales y a los más ricos para financiar políticas específicas que protejan a los más vulnerables contra la crisis del coste de la vida».
Los impuestos son un robo y los ASD como Sepúlveda se enfrentan a un problema moral cuando abogan por los impuestos, independientemente de los fines de los impuestos propuestos. La razón se deriva de la teoría de la ley natural de la propiedad, popularizada por Murray Rothbard, Walter Block y Hoppe. La ley natural proporciona cuatro reglas simples y lógicamente conectadas para la propiedad privada:
- Una persona es dueña de su propio cuerpo.
- Una persona es propietaria de todo bien escaso otorgado por la naturaleza que haya puesto en uso mediante su propio cuerpo antes que nadie. Es el concepto de apropiación originaria.
- Una persona es propietaria de todos los productos nuevos que ha creado mediante sus propios bienes originalmente apropiados y su propio cuerpo, siempre que no se haya dañado la propiedad de otros durante el proceso de producción.
- La propiedad de los bienes que se han apropiado o producido originalmente sólo puede transferirse del propietario anterior al posterior mediante un acuerdo contractual voluntario.
Los impuestos son un robo porque violan la cuarta regla, que exige que la propiedad se transfiera mediante un acuerdo contractual voluntario. Los impuestos no requieren ningún acuerdo contractual para la transferencia de la propiedad del contribuyente al Estado. Efectivamente, los impuestos son una reclamación sobre la parte de la propiedad de los ciudadanos por parte del Estado, y el hecho de que los ciudadanos no se adhieran a dicha reclamación puede tener como resultado el encarcelamiento, que es una amenaza de violencia. Esto no es diferente de ser asaltado por un ladrón que utiliza una pistola para obtener cooperación.
Los ASD podrían refutar afirmando que los ingresos obtenidos mediante los impuestos se utilizan para financiar el sistema judicial y otras funciones estatales que tienen por objeto ayudar al orden social y la caridad, que a partir de aquí se denominan «causas sociales». Sin embargo, tal refutación no aborda la violación de los derechos naturales que conlleva la tributación. Si se aceptara tal refutación, entonces se deduce que los ladrones comunes, incluidos los que utilizan la amenaza de la violencia para coaccionar la cooperación, están justificados para tomar por la fuerza la propiedad de sus víctimas siempre que el producto de tal delito se utilice para causas sociales.
Dado el problema de la refutación de las «causas sociales», los ASD tendrán que usar otro argumento que es que la tributación no viola la ley natural porque existen contratos «implícitos» o «conceptuales» entre los propietarios y el Estado que dan cuenta de la tributación. Tal refutación fracasa a la hora de justificar los impuestos porque estos contratos «implícitos» o «conceptuales» no existen. Para que exista un contrato, debe haber al menos dos partes que se pongan de acuerdo y, lo que es más importante, las partes deben ser conscientes del contrato que se está acordando.
Sin embargo, si tales contratos existen, entonces los APS tendrán que demostrar también cómo los ciudadanos aceptan tales contratos. En otras palabras, los ASD tendrán que demostrar cómo un ciudadano acepta un acuerdo no terminable con el Estado en el que se conceden al Estado amplios poderes sobre la propiedad privada de un ciudadano. En mi opinión, demostrar que existen acuerdos «conceptuales» o «implícitos» entre el ciudadano y el Estado y que los ciudadanos celebran dichos acuerdos mediante consentimiento expreso o tácito es una tarea casi imposible.
Hoppe, en el capítulo quince de su libro titulado La economía y la ética de la propiedad privada), justifica aún más mi punto de vista sobre la celebración de un acuerdo de este tipo.
Es inconcebible que alguien pueda aceptar un contrato que permita a otra persona determinar permanentemente lo que puede o no puede hacer con su propiedad, ya que al hacerlo esa persona se habría quedado indefensa ante ese decisor último. Del mismo modo, es inconcebible que alguien acepte un contrato que permita a su protector determinar unilateralmente, sin el consentimiento del protegido, la suma que éste debe pagar por su protección.
Teniendo en cuenta la cita anterior y mis objeciones anteriores, argumentar que los impuestos no violan la ley natural debido a acuerdos «implícitos» o «conceptuales» entre el Estado y los propietarios debe abandonarse porque es inconcebible que los propietarios acepten tales contratos.
Con respecto al artículo de Sepúlveda y su llamamiento a aumentar los impuestos a las empresas multinacionales y a los ricos, hay que señalar que los impuestos violan los derechos naturales a pesar de las intenciones de la fiscalidad, ya que en la práctica permiten que el Estado tome por la fuerza una parte de la propiedad de uno sin su consentimiento. El derecho natural exige que la propiedad se transfiera mediante acuerdos contractuales voluntarios.
Además, las razones esgrimidas en un intento de justificar la tributación —ya sea por causas sociales o que la tributación responde a acuerdos «implícitos» o «conceptuales» entre el Estado y los propietarios— deben rechazarse porque la primera justifica efectivamente el robo en general, mientras que la segunda es inconcebible.
[Una versión de este artículo se publicó originalmente en ManPatria.]