Dada la explicación habitual de los orígenes de la economía, la afirmación de la escolástica realizó una importante contribución a la teoría económica puede parecer algo sorprendente, incluso perverso.
Muchas historias de la economía, especialmente si son anglófonas, ubican los inicios de la economía en La riqueza de las naciones de Adam Smith, junto con las obras de David Ricardo y los Mills, James y John Stuart. Otros, más ecuménicos históricamente y menos insulares británicos podrían fijarse en los mercantilistas de una edad anterior como protoeconomistas; otras más incluiría al franco-irlandés Richard Cantillon y los fisiócratas entre los originadores de la economía. Aunque los nombres de los fundadores y contribuidores significativos pueden diferir de una lista a otra, la sugerencia de que haya algo de valor para la teoría económica que pueda encontrarse en las especulaciones de los filósofos escolásticos probablemente invite al escepticismo.1
Podemos considerar como escéptico ejemplar al historiador económico Mark Blaug, que considera que el tratamiento de la economía escolástica de su compañero historiador económico (en su monumental Historia del análisis económico) es “excesivamente laudatorio”2 y que a ella dedica solo 3 páginas de las más de 700 de su propio volumen monumental. Blaug concluye: “Por tanto, uno puede dudar de si los recientes trabajos sobre economía escolástica requerían una revisión de la historia del pensamiento económico anterior a Adam Smith”.3
Otro escéptico, George Reisman, concede que “tuvo lugar alguna explicación de asuntos económicos entre los filósofos escolásticos en la Edad Media” pero juzga que “evaluaban la actividad económica en buena parte desde la perspectiva hostil de la iglesia católica romana y (…) por tanto, denunciaban como injustas actividades económicas perfectamente normales como cobrar intereses en los préstamos, la especulación y, de hecho, incluso el mero cambio de precios”. Concluye categóricamente que “la escolástica no contribuyó en nada a una buena economía”.4
Aunque creo que Blaug y Reisman se equivocan seriamente en sus estimaciones de la contribución de la escolástica a la 5 economía, es sin embargo cierto que la economía ocupaba una posición subordinada en la escolástica, derivada de sus reflexiones sobre la ética y el 6 derecho; por ejemplo, las reflexiones económicas de San Antonino se encuentran en su Summa moralis. De Roover señala que “uno no debería sorprenderse de encontrar a la economía explicada en una obra de este tipo, ya que no se había reconocido aún como disciplina independiente sino que estaba aún ligada a la teología moral o la filosofía. Esto seguía siendo verdad en el siglo XVIII. ¿No era Adam Smith profesor de ‘filosofía moral’?”7
Marjorie Grice-Hutchinson señala que
antes del auge de mercantilismo en el siglo XVI, cuando nació la “economía política” como sujeto independiente de estudio, el análisis económico solo existía como un subproducto de la investigación legal, teológica y filosófica. Estaba casi completamente centrado en las “escuelas”, como se llamaba a las recién fundadas universidades. (…) Dicho análisis que realizaban [los doctores] se desarrollaba generalmente en comentarios sobre Aristóteles o Santo Tomás o en el examen de (…) contratos. (…) Este método llevó a una teoría hecha de retazos.8
Por suerte, no todos los investigadores están de acuerdo con los juicios negativos de Reisman y Blaug antes reseñados. Gloria Zuniga escribe:
El legado económico de los escolásticos (…) se pensaba que era una idea tonta del justiprecio y una obsesión por la usura. Esto (…) es anticuado y erróneo (…) el desarrollo del pensamiento económico progresó principalmente por las contribuciones de los escolásticos.9
Otros, como Raymond De Roover, estarían de acuerdo con el juicio de Zuniga sobre las contribuciones positivas de los escolásticos a la economía pero menos inclinado que ésta a considerar la visión negativa como totalmente falta de fundamento: Como decía De Roover, “los escolásticos (…) dedicaron tanto espacio a este tema [la usura] y sobrevaloraron tanto un problema en detrimento de otros, que crearon la impresión de estar privados de un sentido del equilibrio”.10
Sin querer caer en la visión anticuada y errónea apuntada por Zuniga, examinaré el tratamiento escolástico de (1) la usura; (2) utilidad, valor y precio y (3) el intercambio, no porque fueran en modo alguno las únicas materias que explicaran (otros temas tratados incluirían propiedad, impuestos, dinero y banca) sino porque ilustran muy claramente tanto las fortalezas como las debilidades de la aproximación escolástica a la economía y los aspectos significativos en que contribuyeron de forma duradera a la teoría económica.
Usura
Si a los escolásticos se les asocia en la mente popular con la idea de usura, es en buena medida porque luchaban en su articulación de este concepto por reconciliar las escrituras, los filósofos (en particular el Filósofo) y la razón. El problema básico proviene aquí de lo que parece ser una prohibición en la Escritura del cobro de intereses sobre un préstamo (ver Deuteronomio 23:20). Algunos interpretaban esto como que suponía una prohibición completa; otros lo interpretaban como la prohibición de cobrar un interés excesivo. Después de alguna incertidumbre en la práctica, el papa Clemente V en el Concilio de Viena condenó absolutamente la usura. Grice-Hutchinson apunta:
La prohibición mosaica de la usura presentaba, por tanto, el mismo dilema a los miembros de las tres comunidades religiosas de la España medieval. ¿Debería observarse el tabú en su pureza original o soslayarse para ajustarse a los hechos de los negocios? Judíos, musulmanes y cristianos eligieron a su vez la segunda opción, pero, en cada caso, solo después de una lucha tenaz de siglos.11
Hoy se considera a la usura como el cobro de tipos de interés excesivos en los préstamos. Es importante darse cuenta de que no es lo que querían decir los escolásticos con este término. Para ellos, usura era cobrar cualquier cantidad, grande o pequeña, sobre el principal. No solo no importaba la cantidad del extra cobrado, no importaba para qué fuera el préstamo, ni a quién se había hecho ni las circunstancias del prestamista o del prestatario.12
Sin embargo, es igualmente importante entender que la usura estaba asociada solo a los 13 préstamos y no a cualquier otro tipo de contrato (usura solum in mutuo cadit). A su vez, un préstamo era un contrato cuyo objeto eran bienes fungibles (como grano, vino o dinero) cuyo uso era inseparable de su sustancia. La cantidad x de grano prestada por A a B requería la devolución, de B a A, de una cantidad igual de grano (ni más, ni menos).14
La suposición general s que esos fungibles son consumidor por el prestatario y no producen ningún aumento en la riqueza. El apoyo filosófico a esta postura parece venir de Aristóteles, que consideraba que el dinero no tiene ningún valor intrínseco, no genera ninguna utilidad en sí mismo y es meramente producto de una convención humana. Si el dinero no tiene ningún valor intrínseco, entonces un prestamista de éste no pierde nada dándoselo temporalmente a otro. Si recibe a cambio exactamente lo que dio, parecería haber una igualdad absoluta.15
Por supuesto, el dinero, en un sentido evidente, es absolutamente estéril. Si se deja en un cajón o, como el caso de la parábola del evangelio de San Mateo, se entierra en el suelo, no produce ningún rendimiento. Sin embargo, los familiarizados con la parábola de los talentos deberían haber apreciado que se esperaba que los receptores de los talentos no devolvieran solo éstos como se les dieron, sino asimismo un aumento y no solo un aumento mediante el comercio (como hicieron los dos primeros servidores), sino, como indica explícitamente la parábola, incluso del interés:
Debías, pues, haber entregado mi dinero a los banqueros, y así, al volver yo, habría cobrado lo mío con los intereses.16
Lo que se olvida al considerar al dinero como estéril es la comprensión del dinero como capital o, mejor aún, como productor de capital que luego se emplea para generar un aumento en la riqueza real. Los escolásticos parecen ser, en el mejor de los casos, ambiguos en este aspecto.17
Por supuesto no hace falta reflexionar mucho para ver que la doctrina aristotélica de que un prestamista no pierde nada al realizar un préstamo no resiste un análisis y, en realidad, los escolásticos llegaron a reconocer ciertas excepciones a la prohibición universal de la usura. Dentro del contexto de un préstamo adecuado, consideraban y en muchos casos aceptaban los escolásticos los llamados títulos extrínsecos no implícitos en el préstamo como tal, que podrían justificar un rendimiento monetario (poena detentiori, damnum emergens ylucrum cessans).
Poena detentiori derivaba del retraso en la devolución del préstamo, un reconocimiento implícito de la noción de la preferencia temporal; damnum emergens era un forma de recompensa para indemnizar al prestamista por las pérdidas en las que incurriera a causa del préstamo y lucrum cessans era la consideración debida al prestamista a causa de las oportunidades que había perdido debido a conceder el préstamo y también encarna una apreciación de la preferencia temporal. Blaug comenta acerca del damnum emergens y el lucrum cessans, señalando del último que “debe limitarse como idea analítica genuina”.18
Aunque no todos los escolásticos reconocieron el fenómeno de la preferencia temporal, el defensor de Santo Tomás, el dominicano Giles de Lessines lo hizo claramente en 1285, señalando que
los bienes futuros no se valoran tanto como los mismos bienes disponibles en un momento inmediato en el tiempo, ni permiten a sus propietarios alcanzar la misma utilidad. Por esta razón, debe considerarse que tienen un valor más reducido de acuerdo con la justicia.19
Incluso entre quienes no tenían la agudeza de Giles, el lucrum cessans puede considerarse como una apreciación embrionaria del hecho de que al prestar dinero, un prestamista siempre pierde el uso de ese dinero ahora y lo recupera solo en algún momento futuro. Intuitivamente apreciamos que mermelada hoy es mejor que mermelada mañana. Como uno puede ver inmediatamente, puede haber muy pocos préstamos (tal vez ninguno) en los que no haya riesgo y no hay préstamos que no impliquen un coste de oportunidad, así que las excepciones se estiran en la práctica hasta cubrir todos los préstamos con la consecuencia de que se elimina la prohibición universal.
Al final, se observaba la letra de la ley, pero a medida que se desarrollaba la vida comercial en la cristiandad con un requisito creciente correspondiente de financiación deudora, aparecieron formas complicadas de eludir las restricciones, como el contractum trinius, una especie de contrato de recompra.
Al expresarse cada vez más claramente la teoría del valor utilidad en los precios de los bienes, apareció la oportunidad de aplicarla al precio del dinero en un contexto social en que la banca era cada vez más prevalente y necesaria. Había una tendencia a subsumir tanto bienes como dinero bajo una teoría unitaria del valor. Cayetano defendía la práctica de la banca por ser tanto útil como honorable. Además, reconocía la aplicabilidad de la preferencia temporal al dinero (el dinero ausente siempre vale menos que el dinero presente) y consideraba la idea de que el precio del dinero podría determinarse, como cualquier otro bien, por las leyes de la oferta y la demanda. También San Bernardino reconocía que “los bienes presentes son más valiosos que los futuros, un principio que, siglos después, invocaría Eugen von Böhm-Bawerk (1851-1914) como justificación del interés”.20 A veces se ocultaban los intereses en el descuento de los tipos de cambio. Las operaciones de comercio exterior fueron otra forma fructífera de poder evadir la prohibición de la usura.21
Utilidad, valor y precio
Joseph Schumpeter creía que a la teoría del valor de los escolásticos solo le faltaba la teoría de la utilidad marginal, una teoría que se entiende en general que solo encontró expresión en el último tercio del siglo XIX en la obra de tres pensadores independientes: Leon Walras, Stanley Jevons y Carl Menger. Otros investigadores no están convencidos de que los escolásticos realmente no conocieran la teoría de la utilidad marginal. Blaug, a pesar de la brevedad de su trtamiento de la economía escolástica, concede que “los doctores sí desarrollaron una doctrina del valor de la utilidad-cum-escasez”.
Advierte que el comentario de Aquino en el quinto libro de la Ética a Nicómaco “llevó a la opinión de que los escolásticos tuvieron un teoría del valor trabajo, ignorando la insistencia de Aquino en que todos los bienes se valoran solo en relación con los deseos humanos. Las economías escolásticas basaban el valor directamente en la satisfacción de deseos y, en su versión posterior, relacionaban la utilidad con la escasez relativa de un bien”.22 Sin embargo, R.H. Tawney afirmaba que no solo los escolásticos no descubrieron ni propusieron la teoría del valor utilidad sino que, como dijo en un famoso pasaje “el verdadero descendiente de las doctrinas de Aquino es la teoría del valor trabajo. El último de los escolásticos es Karl Marx”.23
De Roover comenta:
Los economistas pueden estar consternados por el incómodo pensamiento de que dos santos desdentados, escuálidos y ascéticos deberían tal vez considerarse como los originadores de la teoría de la utilidd. Por muy increíble que pueda parecer, ése parece haber sido el caso. San Bernardino y San Antonino desarrollaron una teoría del valor basada en la escasez y la utilidad, tanto objetiva como subjetiva.24
Aunque los escritos de Santo Tomás no están libres de ambigüedades, una lectura razonablemente no forzada mostrará que, considerando todo, no apoya (como apunta claramente Blaug) la teoría del valor trabajo. De hecho, De Roover se refiere a dos pasajes clave en las obras de Santo Tomás para sustanciar su afirmación de que los escolásticos mantuvieron una teoría de la utilidad: “El precio de las cosas vendibles no depende de su grado de naturaleza, ya que a veces un acaballo alcanza un precio más alto que un esclavo, sino que depende de su utilidad para el hombre”.25 El segundo pasaje (uno de mis favoritos) viene del comentario de Aquino a la Ética a Nicómaco. La idea es poco más o menos la misma, aunque las palabras son algo diferentes.
Pero este patrón que verdaderamente mide todas las cosas es la demanda. Esto incluye todas las cosas intercambiables en tanto en cuanto todo tiene una referencia a la necesidad humana. Los artículos no se valoran de acuerdo con la dignidad de su naturaleza, o de otra forma un ratón, un animal dotado de sentidos, sería de mayor valor que una perla, una cosa sin vida. Pero tienen un precio acorde con lo que diga el hombre que los necesite para su propio uso.26
Estos pasajes muestran que el valor depende de la utilidad o la capacidad de satisfacer deseos humanos.
No solo descubrieron los escolásticos el concepto de valor como utilidad, sino que San Bernardino, siguiendo a Santo Tomás llegó a distinguir entre lo que podríamos llamar utilidad objetiva y subjetiva.27 La utilidad objetiva (virtuositas) es el carácter que tiene un bien de ser capaz de satisfacer deseos humanos. La carne o las patatas, por ejemplo, tienen una utilidad objetiva en lo que se refiere a satisfacer las necesidades humanas de nutrición y las piedrecillas y los CD no. La utilidad subjetiva (complacibilitas) es el atractivo que tiene un bien para un individuo concreto en circunstancias concretas. Los dos tipos de utilidad pueden coordinarse, por ejemplo, de forma que toda la ropa sea más o menos objetivamente útil para protegerme de los elementos, mantenerme caliente, servir los intereses de la decencia, etc. Sin embargo, elijo la ropa que elijo porque, dada su utilidad objetiva, responde a mis necesidades, deseos e intereses subjetivos y particulares. No solo puede que los dos tipos de utilidad se coordinen sino que, dada la capacidad humana para el error, es bastante posible que las dos utilidades se desconecten.
¿Cuál es entonces la relación entre utilidad y precio? Los escolásticos, en general, estaban de acuerdo en que el precio justo de un artículo lo establecía la estimación común de los participantes en el mercado. De Roover advierte:
Los escolásticos posteriores (…) hacían una distinción entre el precio natural (que para ellos significaba el precio del mercado) y el precio legal, pero esta doctrina no se encuentra aún en San Bernardino que seguía destacando que el precio justo se determina “por estimación común”.28
Sobre el tema del “precio justo”, Blaug remarca que
no hay ninguna traza en la literatura escolástica de un precio justo que se corresponda con el coste de producción determinado por el estatus social del productor. (…) [Los escolásticos] a veces prestaban mucha atención a lo que constituía un precio justo, pero normalmente lo identificaban con el precio actual del mercado, el precio dado a un individuo al que éste normalmente no puede afectar.29
El maestro de Aquino, San Alberto Magno, en común con la mayoría de los escolásticos, sostenía que el precio justo se determinaba por la estimación de los participantes del mercado en el punto de venta. Sin embargo, de acuerdo con Grice-Hutchinson, también parece haber mantenido algo que se acercaba a una teoría del valor trabajo, si consideramos que “las artes estarían condenadas a la destrucción si el productor no percibiera un precio que cubriera sus gastos” y deducía de Aristóteles el principio de que la justicia conmutativa requería que en un intercambio los bienes intercambiados deben ser absolutamente iguales.
Respecto de sus supuesto mantenimiento de una teoría del valor trabajo, no puedo ver que el pasaje citado comprometa a San Alberto con algo así. En el mejor de los casos, indica lo que es de sentido común que, en general, un productor no puede permanecer en los negocios salvo que los ingresos excedan a los gastos. No hay discusión. sigue valiendo Pero el argumento básico para la utilidad, que es que si x es el precio por debajo del cual no estás dispuesto a vender (y x está determinado por tus costes de producción), no habrá venta salvo que (a) un comprador esté dispuesto a ofrecer x más algo o (b) cambies de idea estés dispuesto a aceptar xmenos algo, es decir, vendas a pérdida.
Santo Tomás no ofrece un definición explícita de un precio justo sino que los casos que considera sugieren que creía que el precio estaba relacionado con la 30 oferta. Luis de la Calle estaba de acuerdo, negando la explicación del coste de producción dada por Escoto:
Quienes miden el precio justo por el trabajo, costes y peligros incurridos por la persona que trata la mercadería tienen un gran error. El precio justo no se encuentra contando el coste sino por estimación común.31
Schumpeter advierte que
los escolásticos tardíos identificaban su precio justo, no como parecen haber hecho Aristóteles y también Juan Escoto, con el precio normal en competencia (communis estimatio fori o pretium currens). Donde exista ese precio, será “justo” pagarlo y aceptarlo, cualquier que sean las consecuencias para las partes que comercian: si los mercaderes, pagando y aceptando precios del mercado, obtuvieran ganancias, sería correcto, y si sufrieran pérdidas, sería mala suerte o una sanción por incompetenciasiempre que la ganancia o pérdida resultara del funcionamiento no intervenido del mecanismo de mercado, aunque no si resultara, por ejemplo, de la fijación de precios por parte de la autoridad pública o de preocupaciones monopolísticas.32
Intercambio
El hombre de la calle sostiene, irreflexivamente, que un intercambio es justo si los objetos intercambiados son iguales. Sin embargo, una reflexión inmediata revela algunos problemas en esta postura. ¿Qué significa en este caso igualdad? ¿Cómo puede medirse? ¿Supone alguna diferencia si nos referimos a un intercambio de efectivo por bienes o servicios o si nos referimos al trueque?
Veamos el trueque. Si hubiera que hablar literalmente de igualdad, el intercambio no tendría ningún sentido. Recibes exactamente lo que diste. Al realizar esos intercambios, los actores serían como los isleños de leyenda que vivían robándose la colada. Ninguna persona racional intercambiaría en estas circunstancias. Si se intercambiaran distintos bienes uno por otro, entonces la igualdad de ambos, al no ser manifiesta, debe ser medible de alguna manera u otra. Una manera sencilla de hacer esto dar por supuesto que si ambas partes el intercambio están satisfechas haciéndolo, esto, prima facie, satisface la demanda de igualdad.
Podría argumentarse que podemos medir el valor de las respectivas cosas intercambiadas objetivamente acudiendo a, digamos, el trabajo que implica su producción o gastos asociados de llevarlas al mercado. Como se mencionó antes, aunque esos factores evidentemente van a entrar en las especulaciones de un vendedor al decidir si hacer el intercambio o no, evidentemente son delucidables objetivamente. En todo caso, de nuevo, esas consideraciones pueden considerarse que se han cumplido si el comprador y el vendedor están libremente de acuerdo en el intercambio.
Si hay dinero de por medio, de nuevo la igualdad absoluta está fuera de discusión, hablando estrictamente. Si el intercambio se hace y ambas partes están satisfechas, ¿qué falta? La igualdad que tiene que descubrirse es la igual satisfacción de los intercambiantes, determinada subjetivamente y manifestada por su voluntad de intercambio. Ahora se acepta generalizadamente que un intercambio no tendrá salvo que cada una de las partes esté convencida de que ganará (de forma considerada subjetivamente) en el intercambio. Bien puede ser que una o ambas partes se equivoque en su creencia (de hecho, bien puede suceder), pero un intercambio no tendrá lugar (suponiendo que no haya coacción) salvo que ambas partes crean que ganarán en la transacción.
Por tanto, el elemento subjetivo en el precio y la utilidad no parece erradicable. Dada la parquedad de las dispersas indicaciones de Santo Tomás en asuntos económicos, no sería sensato darle mucha importancia.33 Sin embargo, lo que sostiene Aquino, en contradicción con las opiniones de su maestro, es que un intercambio debería ser mutuamente beneficioso de forma que cada parte estaría en mejor situación después que antes de éste.34 Aquino escribe: “Pero este único patrón que verdaderamente mide todo es la demanda. Esto incluye todos los bienes conmutables en la medida que todo tiene una referencia a la necesidad humana”.35
El problema de incluir una referencia a las necesidades humanas es que compromete seriamente la idea del valor intrínseco, ya que la necesidad en una persona es relativa.36 Parecería, por tanto, que el valor en un intercambio se determina subjetivamente y esto es así ya se base el intercambio en trueque o en dinero. Podemos aceptar la conclusión de Grice-Hutchinson de que “la teoría del valor de Santo Tomás muestra poco avance significativo sobre la de San Alberto”,37 siempre que aceptemos que San Alberto no apoyaba, salvo en el sentido más trivial, una teoría del valor trabajo. Santo Tomás, como su maestro, mostraba una persistente disposición a aceptar una teoría del valor trabajo (es decir, coste de producción) minimalista,38 pero el principal énfasis de nuestros autores era en que el valor se determinaba subjetivamente.39
Schumpeter resume los asuntos en discusión remarcando que entre los escolásticos apareció una
Genuina teoría subjetiva o utilitaria dela valor o precio de intercambio de una forma que no era análoga ni a la de Aristóteles ni a la de Santo Tomás, aunque había en ambos lo que podemos describir como un apunte. (…) Primero, los escolásticos tardíos, particularmente Medina, dejaron muy claro que el coste, aunque es un factor en la determinación del valor de intercambio (o precio) no era su fuente o “causa” lógica. Segundo, (…) Molina y Lugo (…) fueron igual de cuidadosos que Carl Menger en apuntar que (…) la utilidad no era una propiedad de los propios bienes o idéntica a cualquiera de sus cualidades inherentes, sino el reflejo de los usos que los individuos (…) se proponen hacer con estos bienes y de la importancia que atribuyen a estos usos. Tercero, (…) aunque no resuelven explícitamente la “paradoja del valor” (…) evitaban la dificultad haciendo a su concepto de utilidad (…) relativo a la abundancia o escasez; su utilidad no era la utilidad de los bienes en abstracto, sino la utilidad de las cantidades de bienes disponibles o producibles en las situaciones particulares de los individuos.40
Más significativamente, Schumpeter concluye que los elementos para una teoría de la oferta y la demanda completa estaban todos presentes en las disquisiciones de los escolásticos y “el aparato técnico de planificaciones y conceptos marginales que se desarrollaron durante el siglo XIX es realmente todo lo que tuvo que añadirse a ellos”.41
Conclusión
La tradición escolástica, de principio a fin, contiene reflexiones analíticamente inteligentes sobre muchos temas económicos principales. Esta ideas “anticiparon” posteriores redescubrimientos. Podemos apreciar una tendencia general en la aproximación de la escolástica, con variaciones locales, desde una postura más rigorista a una menos rigorista, de una postura en la que se el valor intrínseco de las leyes económicas a una posición en la que ocupan una importancia más central. Podemos ver un ejemplo del movimiento de mayor a menor rigor en el asunto de la determinación de los salarios. Aquino sostenía que los salarios eran, por así decirlo, (casi) el precio del trabajo (Summa Theologiae, I-II, q. 114, a. 1, r.), mientras que San Antonino no requiere el casi, sosteniendo que el salario de un trabajador es un precio que se determinará, como cualquier otro, por estimación común, es decir, por el mercado.
A pesar de sus ideas, los escolásticos estaban limitados en su desarrollo de la economía por consideraciones de deferencia a la autoridad y por el relativamente lento desarrollo de las condiciones externas sobre las que reflexionaban. Sin embargo, teniendo todo en cuenta, es más verdad que mentira que los escolásticos hicieron una contribución significativa a la teoría económica.
[Una versión anterior de este artículo apareció en el Yearbook of the Irish Philosophical Society. Publicado el 3 de diciembre de 2011. Traducido del inglés por Mariano Bas Uribe.]
- 1Una excepción a este escepticismo general podría ser la contribución echa a la economía monetaria por los escolásticos tardíos. Esto se debe en no poca medida a la obra de Marjorie Grice-Hutchinson – ver su The School of Salamanca: Readings in Spanish Monetary Theory, 1544-1605(Oxford: Clarendon Press, 1952).
- 2Mark Blaug, Economic Theory in Retrospect, 5ª ed. (Cambridge: Cambridge University Press, 1997), p. 32. [Publicado en España como Teoría económica en retrospección (Madrid: Fondo de Cultura Económica, 1988)].
- 3Blaug, Economic Theory in Retrospect, p. 31.
- 4George Reisman, Capitalism (Ottawa, Illinois: Jameson Books, 1998), p. 6.
- 5Esto no supone sugerir que la economía escolástica esté exenta de críticas: incluso Raymond De Roover admite (hablando de San Bernardino, pero esto es extensible mutatis mutandis a todos los escolásticos) que su preocupación por la ética le cegó ante la necesidad de un análisis más cuidadoso de los procesos económicos.Ver San Bernardino of Siena and Sant’Antonino of Florence: The Two Great Economic Thinkers of the Middle Ages (Boston: Baker Library, Harvard Graduate School of Business Administration, 1967).
- 6“Los escolásticos no solo veían la economía desde un punto de vista ético, también les preocupaba el derecho. Además de la Biblia, los padres de la iglesia y el ‘filósofo’ (Aristóteles), el canon y al derecho romano eran las principales fuentes de inspiración y sus tratados están plagados de referencias al Decreto de Graciano, las Decretales y el Corpus juris civilis del emperador Justiniano (527-565)” (De Roover, San Bernardino, p. 8). Marjorie Grice-Hutchinson está de acuerdo: “Estos escritores [de la Escuela de Salamanca] eran principalmente teólogos y juristas en cuyo pensamiento el orden social y económico desempeñaba un papel importante aunque secundario” e (Early Economic Thought in Spain 1177-1740, Londres: G. Allen & Unwin, 1978), p. 81 [Publicado en España como El pensamiento económico en España 1177-1740 (Barcelona: Crítica, 1982)]. Ver también Economic Thought in Spain: Selected Essays of Marjorie Grice-Hutchinson, publicado con un prólogo de Laurence S. Moss y Christopher K. Ryan (Cheltenham: Edward Elgar, 1993). Dejando aparte el asunto del desarrollo histórico de la economía dentro del contexto de la reflexión ética, la relación conceptual entre ética y economía es compleja. La acción humana cae bajo las prescripciones del derecho natural como normativa (es evidente) aunque también tiene que considerarse bajo el derecho natural como prescriptiva. Uno pude distinguir con provecho entre distintos tipos de economía, pero para nuestros fines basta con distinguir entre la ciencia de la economía y la ética de la economía. Los escolásticos no siempre establecieron esta distinción, ciertamente no explícitamente, por lo que mucho de lo que tienen que decir en esta área solo puede apreciarse si se tiene en cuenta esta distinción. La ciencia de la economía es el estudio de las implicaciones formales que pueden deducirse del hecho de la acción humana y que, en ese actuar, el hombre actúa conscientemente en búsqueda de fines. Como tal, la ciencia de la economía no es normativa; la ética de la economía, como toda ética, es esencialmente normativa en orientación. Considera si lo actos humanos son buenos o malos y en qué medida. “Como teólogos morales, los escolásticos tardíos dedicaron la mayoría de sus esfuerzos a la explicación de lo que es justo y bueno. Con su atención centrada en el amplio espectro de la acción humana, para ellos es natural estudiar los asuntos económicos. Reconocían la necesidad de estudiar todos los aspectos del fenómeno, es decir, intereses, beneficios, impuestos, etcétera, antes de hacer valoraciones éticas. Sabían que, si se hacía bien, ese estudio está libre de valores” (Alejandro Chafuen, Faith and Liberty: The Economic Thought of the Late Scholastics , p. 25). Un punto clave a entender es que, sean cuales sean las implicaciones éticas de ciertas nociones, la interconexión objetiva de su objetivo se corresponde con lo que es. Como dice Chafuen: “Sin embargo, es importante advertir que aunque las consideraciones éticas pueden promover o dificultar el desarrollo científico, no tienen ningún impacto en las verdades subyacentes. Por ejemplo, ningún juicio ético puede invalidar una ley económica” (Chafuen, Faith and Liberty, p. 24. Cursiva en el original).
- 7De Roover, San Bernardino, p. 2.
- 8Grice-Hutchinson, Early Economic Thought, p. 83.
- 9Gloria Zuniga, “Scholastic Economics: Thomistic Value Theory”. Religion & Liberty 7, nº 4 (1997): p. 5.
- 10Raymond De Roover, San Bernardino, p. 2. Para ver que la afirmación de Zuniga respecto de la contribución de los escolásticos al pensamiento económico no es una fantasía, consideremos la lista de asuntos de los que se ocupa San Bernanrdino en De Contractibus et Usuris entre los siglos XIV y XV. Además de una extensa exposición sobre la usura, ésta incluye: propiedad privada, la necesidad del comercio, ética en los negocios y la determinación del valor y el precio (De Roover, San Bernardino, p. 1). Según Marjorie Grice-Hutchinson, los escolásticos españoles de los siglos XVI y XVII se preocuparon de la propiedad privada, los impuestos, el auxilio de los pobres, el precio, la usura, el dinero, la banca y el comercio exterior (Early Economic Thought, p. 81).
- 11Grice-Hutchinson, Early Economic Thought, p. 53.
- 12Ver De Roover, San Bernardino, p. 28.
- 13Como la prohibición de la usura se aplicaba solo a los préstamos, los que deseaban evitar la prohibición podían disfrazar el préstamo bajo la forma de otro tipo de contrato. Ver más adelante.
- 14Ver la explicación en la que se basa este ejemplo en De Roover, San Bernardino, pp. 28-29.
- 15Ya a mediados del siglo XVI, se articuló una teoría cuantitativa del dinero por parte de Azpilicueta (Dr. Navarrus) en la que el valor del dinero, como el de todos los demás bienes, está determinado por la oferta y la demanda.
- 16Mateo 25:27.
- 17Aquino, en el espacio de unas pocas líneas, parece al tiempo apoyar la consideración del dinero como estéril y también como fructífero. Summa Theologiae II-II, q. 62, a. 4, ad. 1 y 2. También San Bernardino parece querer sostener la tesis de que el dinero es estéril y al tiempo reconocer su cualidad seminal en su uso como capital en la inversión. Ver De Roover, San Bernardino, p. 29, n. 148.
- 18Blaug, Economic Theory in Retrospect, p. 31.
- 19Citado en Bernard W. Dempsey, Interest and Usury (Washington, D.C.: American Council on Public Affairs, 1943), p. 214, n. 31.
- 20De Roover, San Bernardino, p. 30.
- 21Es fácil ver que el tercero de los títulos extrínsecos (lucrum cessans) hace a la doctrina de la usura fundamentalmente insostenible ya que todo prestamista incurre en un coste de oportunidad al realizar un préstamo. Tal vez no sea sorprendente que este título fuera rechazado por algunos escolásticos, incluyendo a Aquino (Summa Theologiae, II-II, q. 78, a. 2, ad. 1). Sin embargo, San Bernardino reconocía su validez hasta cierto punto y bajo ciertas condiciones. De Roover es categórico en que el ejercicio intelectual generado alrededor de la doctrina de la usura contribuyó sustancialmente al descrédito del pensamiento económico escolástico. Esto es aun más frustrante cuando uno considera el sofisticado pensamiento que se evidenciaba en el tratamiento escolástico de otros temas económicos.
- 22Blaug, Economic Thought in Retrospect, p. 30.
- 23R. H. Tawney, Religion and the Rise of Capitalism (Nueva York, 1950), p. 36. De Roover rechaza categóricamente la afirmación de Tawney, diciendo que “los escolásticos no basaron su teoría del valor trabajo. Si Karl Marx tuvo algún antecesor, fueron David Ricardo y John Locke, no San Bernardino, Pierre Olivi o Tomás de Aquino” (De Roover, San Bernardino, p. 41).
- 24De Roover, San Bernardino, p. 41.
- 25“Ad tertium dicendum quod (…) pretium rerum venialum non consideratur secundum gradum naturae, cum quandoque pluris vendatur unus equus quam unus servus, sed consideratur secundum quod res in usum hominis veniunt” (Santo Tomás, Summa Theologiae, II-II, q. 77, a. 2, ad. 3). Por otro lado, uno puede encontrar pasajes como éste: “Si el precio excede el valor de un producto o viceversa, se destruye la igualdad de justicia. Por tanto es intrínsecamente injusto vender una cosa a un precio más alto o comprarla a un precio menor del que vale” (Summa Theologiae, II-II, q. 77, a. 1). Sin embargo, como apunta Alfred O’Rahilly, aunque “esto pueda parecer sugerir que el precio justo es algo intrínseco e inherente en un producto”, no sería correcta una interpretación así cuando se lee en el contexto de los pasajes cercanos “en los que Santo Tomás da (…) justificaciones para vender por encima del precio de coste” (Alfred O’Rahilly, “Aquinas versus Marx” en Studies: An Irish Quarterly Review 32, nº 125: p. 73).
- 26“Hoc autem unum, quod omnia mensurat secundum rei veritatem est indigentia, quae continent omnia commutabilia, inquantum omnia referentur ad humanam indigentiam; non enim appretiantur secundum dignitatem naturae ipsorum: alioquin unus mus, quod est animal sensibile, maioris pretii esset quam uni margarita, quae est res inanimate: sed rebus pretia imponuntur, secundum quod hominess indigent eis ad suum usum” (En Decem Libros Ethicorum, Liber V, lect. 9, 981. Editio Tertia, Marietti, 1964). O’Rahilly discute la interpretación del valor utilidad de este pasaje pero lo hace desde postulados que más parecen apoyarlo que socavarlo. Ver O’Rahilly, 73-74.
- 27Aunque San Bernardino tuco una concepción clara del valor como utilidad, una idea que probablemente tomó de Pierre de Jean (1248-1298) y aunque sería cierto que se dio cuenta de que la utilidad como determinante del precio no podría ser absoluta (de otra manera, como en el manido ejemplo, el agua siempre costaría más que los diamantes) probablemente sea justo decir que no desarrolló claramente una teoría de la utilidad marginal decreciente.
- 28De Roover, San Bernardino, p. 20.
- 29Blaug, Economic Theory in Retrospect, p. 30. Algunos pensadores que defendían el establecimiento de un precio justo por autoridad legislativa fueron Jean de Gerson y Enrique de Langenstein (ambos, significativamente, nominalista), y Juan Escoto, que sostenía que un precio justo era una función del coste de producción. No es que los demás escolásticos negaran que los precios pudieran establecerse por la autoridad, sino que negaban que esto fuera necesario normal para que se observara la justicia. Se cita a menudo a Langenstein en apoyo de la tesis de que los escolásticos defendían una teoría del valor trabajo, pero él en realidad, igual que los demás escolásticos, consideraba la idea de deseo en la determinación del precio y distinguía los roles relevantes de oferta y demanda (ver Grice-Hutchinson, p. 86). De Roover parece pensar que el fracaso de esas intervenciones públicas en el sistema de precios era una función de la ausencia de un “sistema de racionamiento bien organizado” en lugar de una característica intrínseca de todos los intentos dirigistas en el control central (San Bernardino, p. 21). Él y los escolásticos se equivocaban en esta creencia. De Roover apunta que “los nominalistas, incluyendo a Martín Lutero, estaban más a favor de la regulación del precio que del libre mercado” (San Bernardino, p. 21, n. 101).
Entre los que encontramos dispuestos a admitir que el coste de producción tiene un lugar en el precio tenemos a Pedro de Valencia, que propuso un precio máximo en el trigo fundamentado en la entrada de trabajo, y Diego de Covarrubias, que por otro lado mantenía una teoría subjetivista del valor, creyendo que el valor de un artículo no estaba principalmente relacionado con su naturaleza esencial, sino que dependía más bien de la estimación que tuvieran individuos concretos. Advertía que aunque el trigo es trigo donde quiera que esté, el precio de ese producto era distinto en España de en las Indias a causa de la distinta estimación que se tenía en aquellos lugares. Algunos como Saravia de la Calle Veroñese, no querían dar al coste de producción ningún papel en la determinación del precio por una razón sorprendente: si se permitiera a los costes de producción determinar el precio, entonces los mercaderes siempre tendrían un pretexto para aumentar los precios: “porque el justo precio nasce de la abundancia o falta de mercaderías, de mercaderes y dineros (…) y no de las costas, trabajos y peligros; porque si con estos trabajos y peligro se hobiese de mirar para tasar el justo precio, nunca se daría el caso que el mercader sufriera una pérdida (…). Para determinar el justo precio solo necesitamos considerar estast tres cosas: abundancia o escasez de bienes, mercaderes y moneda, de cosas que la gente quiera trocar o intercambiar por dinero. Esta doctrina se funda en lo dicho por Aristóteles: pretium rei human indigentia mensurat, el precio de las cosas se mide por la necesidad humana’” (Luís Saravia de la Calle Veroñese, Instrucción de mercaderes muy provechosa…cambios licitos y reprobados, Medina del Campo, 1544; reimpreso en Madrid: Coleccion de Joyas Bibliograficas, 1949, p. 27). - 30A Escoto no le gustaba la reticencia de los tomistas a delinear una explicación concreta del valor intrínseco y el precio justo. Sin embargo, se daba cuenta de que la teoría del coste de producción incluía un elemento de gastos y que este elemento estaba abierto a la exageración con la consecuencia de que el precio justo podría elevarse. Al reflexionar sobre ello, esto le llevó a condenar el monopolio como fundamentalmente inmoral. También debería advertirse que el derecho romano no daba ninguna consideración a la idea de valor intrínseco: para los romanos, un precio era justo si se había acordado libremente por las partes contratantes.
- 31Instrucción, p. 53, citado en Grice-Hutchinson, Early Economic Thought, p. 100.
- 32Schumpeter, History of Economic Analysis, pp. 98-99, cursives en el original. Continúa: “La desaprobación de Molina de la fijación de precios (…) y su aprobación de las ganancias derivadas de `recios altos en competencia en tiempos de escasez (…) revelan una percepción de las funciones orgánicas de las ganancias comerciales y de las fluctuaciones de precios que son responsables de éstas, un hecho que supone un considerable paso adelante en el análisis”. Igualmente. Aquino lo pensó para el caso de beneficiarse de lo que hoy llamaríamos la información asimétrica.
- 33De Roover indica que “hay muy poca economía en las vastas obras de Tomás de Aquino, excepto algunas indicaciones casuales enterradas aquí y allá entre material extraño y dos o tres fragmento más extensos en suSumma theologica y sus Comentarios sobre la Ética a Nicodemo de Aristóteles” (De Roover, San Bernardino, p. 7).
- 34Summa Theologiae, II-II, q. 77, a. 1, resp.
- 35In Decem Libros Ethicorum, Liber V, lect. 9, 981. Ver Bernard W. Dempsey, “Just Price in a Functional Economy”, The American Economic Review 25, nº 3 (1935): pp. 471-486.
- 36Buridan trató de rescatar la idea del valor intrínseco relacionándola con la idea de utilidad, pero esto parecería en todo caso comprometer una idea como la necesidad, pues es también relativa a la persona.
- 37Grice-Hutchinson, Early Economic Thought, p. 85.
- 38Ver In Decem Libros Ethicorum, Liber V, lect 8. Cf. Barry J. Gordon, “Aristotle and the Development of Value Theory”, The Quarterly Journal of Economics 78, nº. 1 (1964): pp. 115-128.
- 39“Algunos autores niegan que el se deba admitir ningún papel al coste de producción en la determinación del precio, otros admiten que puede tenerse en cuenta, pero en general están de acuerdo en que el factor más importante a considerar al evaluar el precio ‘natural’ o no controlado de un producto es la ‘estimación’ que se tenga comúnmente sobre ese producto (reflejando esa estimación la utilidad de la cosa en cuestión) y las fuerzas de la oferta y la demanda” (Grice-Hutchinson, Early Economic Thought, p. 101).
- 40Schumpeter, History of Economic Analysis, p. 98.
- 41Ibíd.